![]() |
ESPAÑOL / ENGLISH / 中文 |
La Embajada > Sección Consular > Servicios Consulares para Venezolanos |
Actividades de la Sección Consular
|
![]() |
Requisitos:
|
![]() |
En la Republica Popular China la legalización de documentos se centraliza a través del Departamento de Relaciones Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores local. Previo registro publico de los documentos, se entregan los mismos a esa instancia, quien a su vez los tramita ante las Embajadas correspondientes y lo regresa al interesado una vez finalizado el proceso |
![]() |
El Certificado de Uso de vehículos y/o enseres personales se emite únicamente bajo la figura del Régimen de Equipaje de Pasajeros a ciudadanos venezolanos y a extranjeros residentes en Venezuela que regresan al país después de haber permanecido en el exterior por un periodo mínimo de un año. El automóvil debe estar matriculado a nombre del pasajero con patente o titulo de propiedad expedido por la autoridad competente con no menos de once (11) meses antes del ingreso del pasajero a Venezuela. El menaje de casa debe tener un mínimo de seis (6) meses de uso. La expedición del Certificado
de Uso tiene un costo de RMB 595,00 |
![]() |
Los niños y adolescentes deben viajar acompañados por ambos padres o por uno solo de ellos con autorización del otro expedida en documento autenticado. Si el menor va a viajar solo o acompañado de terceras personas, se requiere autorización para viajar otorgada por la madre y el padre (ambos) o por quien ejerza la patria potestad, expedida por el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente o con un Documento autenticado ante una Notaria Pública o ante un tribunal de Protección del Niño y del Adolescente. En caso de que el representante legal
de un menor, llamado a otorgar una autorización para que
éste viaje fuera del país se encuentre fuera del territorio
nacional, concederá dicha autorización ante los Consulados
o secciones consulares de la Embajada. Esta actuación no
genera derecho consular alguno. |
![]() |
El procedimiento de autenticación y registro de un poder otorgado ante el funcionario de la Sección Consular se sujetará a lo establecido en el Código de Procedimiento Civil, previa verificación de la identidad del o de los otorgantes y de los testigos |
![]() |
Para registrar el nacimiento de menores se requiere:
En caso de que uno de los padres sea extranjero o venezolano por naturalización, uno de ellos, indistintamente, deberá realizar la Declaración de Voluntad de ser venezolano del menor, según lo previsto en el Artículo 35 de la Constitución Nacional. El venezolano por naturalización deberá incluir copia de la Gaceta Oficial. |
![]() |
Requisitos:
|
![]() |
La inscripción debe hacerse dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha en que haya cumplido 18 años de edad o de su naturalización. Debe llenarse el cuestionario de inscripción militar (suministrado por la embajada) el cual debe ser firmado por el interesado y firmado y sellado por la embajada. |