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yLa
Embajada > Sección Consular > Servicios
consulares para venezolanos |
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Actividades de la Sección
Consular
Renovaci�n
del pasaporte
Legalizaci�n
de documento
Certificado
de Uso de vehículos y/o enseres personales
Autorizaci�n
para el viaje de un menor
Poderes
Partida
de nacimiento
Registro
de matrimonio
Inscripción militar
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.Renovaci�n
del pasaporte |
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Requisitos:
- Cuatro fotografias (3x4 cms.)
- Cédula de Identidad y/o
Partida de Nacimiento
- Pasaporte vencido. En caso de
extravío, presentar la denuncia ante el Buróde Seguridad
Pública
- Llenar 3 ejemplares de la forma
P1 suministrada por la Embajada
- Pago de Derechos Consulares (USD
80,00)
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.Legalizaci�n
de documentos |
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n la Republica Popular China la legalización
de documentos se centraliza a través del Departamento de
Relaciones Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores local.
Previo registro publico de los documentos, se entregan los mismos
a esa instancia, quien a su vez los tramita ante las Embajadas correspondientes
y lo regresa al interesado una vez finalizado el proceso
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.Certificado
de Uso de vehículos y/o enseres personales |
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El Certificado de Uso de vehículos
y/o enseres personales se emite únicamente bajo la figura
del Régimen de Equipaje de Pasajeros a ciudadanos venezolanos
y a extranjeros residentes en Venezuela que regresan al país
después de haber permanecido en el exterior por un periodo
mínimo de un año.
El automóvil debe estar matriculado
a nombre del pasajero con patente o titulo de propiedad expedido
por la autoridad competente con no menos de once (11) meses antes
del ingreso del pasajero a Venezuela.
El menaje de casa debe tener un mínimo
de seis (6) meses de uso.
La expedición del Certificado
de Uso tiene un costo de setenta dólares (USD 70,00)
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.Autorizaci�n
para el viaje de un menor |
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Los niños y adolescentes deben
viajar acompañados por ambos padres o por uno solo de ellos
con autorización del otro expedida en documento autenticado.
Si el menor va a viajar solo o acompañado
de terceras personas, se requiere autorización para viajar
otorgada por la madre y el padre (ambos) o por quien ejerza la patria
potestad, expedida por el Consejo de Protección del Niño
y del Adolescente o con un Documento autenticado ante una Notaria
Pública o ante un tribunal de Protección del Niño
y del Adolescente.
En caso de que el representante legal
de un menor, llamado a otorgar una autorización para que
éste viaje fuera del país se encuentre fuera del territorio
nacional, concederá dicha autorización ante los Consulados
o secciones consulares de la Embajada. Esta actuación no
genera derecho consular alguno.
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.Poderes |
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El procedimiento de autenticación
y registro de un poder otorgado ante el funcionario de la Sección
Consular se sujetará a lo establecido en el Código
de Procedimiento Civil, previa verificación de la identidad
del o de los otorgantes y de los testigos
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.Partida
de nacimiento |
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Para registrar el nacimiento de menores
se requiere:
- 1 original y 4 copias certificadas
de la partida de nacimiento expedida por las autoridades locales
- 1 original y 4 copias del certificado
de nacimiento expedido por el hospital o clínica donde
nació el niño con traducción al español
- 1 copia del Acta de Matrimonio
de los padres
- Cédula de Identidad ó
Pasaporte de padres
- Planilla Estadística de
Nacimiento (suministrada por la oficina consular)
En caso de que uno de los padres
sea extranjero o venezolano por naturalización, uno de ellos,
indistintamente, deberá realizar la Declaración de
Voluntad de ser venezolano del menor, según lo previsto en
el Artículo 35 de la Constitución Nacional. El venezolano
por naturalización deberá incluir copia de la Gaceta
Oficial.
En caso de solicitar expedición
de pasaporte al registrar el niño, se agradece traer cuatro
fotos y US$80,00 para cancelar los Derechos Consulares.
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.Registro
de matrimonio |
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Requisitos:
- Original y tres copias legalizadas
y traducidas al español de la partida de matrimonio
- Cédula de Identidad o Pasaporte
de los contrayentes
- Tres planillas del Extracto del
Acta de Matrimonio debidamente completadas
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.Inscripción
Militar |
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La inscripción debe hacerse
dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha en
que haya cumplido 18 años de edad o de su naturalización.
Debe llenarse el cuestionario de inscripción militar (suministrado
por la embajada) el cual debe ser firmado por el interesado y firmado
y sellado por la embajada.
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